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Política de no discriminación/Título VI

Updated Apr 26, 2024
Para solicitar servicios de asistencia en otros idiomas de forma gratuita, puede comunicarse con el 511.

Compromiso de no discriminación

Metropolitan Transportation Authority (MTA) y las siguientes agencias afiliadas y subsidiarias: Long Island Rail Road, Metro-North Railroad, MTA Bus Company, Construction and Development Company, Grand Central Madison Concourse Operating Company y New York City Transit Authority, incluidas Manhattan and Bronx Surface Transit Operating Authority y Staten Island Rapid Transit Operating Authority (en adelante, denominadas colectivamente "MTA" o "Agencias de la MTA") están comprometidas con los principios del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y las garantías del Título VI: Notificación al público de la MTA.

Presentar quejas por discriminación del Título VI y relacionadas

 Si alguna persona cree que ha sido discriminada por la MTA o cualquier agencia de la MTA por motivos de raza, color, nacionalidad de origen, incluido el dominio limitado del inglés, edad, sexo, discapacidad o religión, tiene derecho a presentar una denuncia por discriminación conforme al Título VI.

Cómo presentar una denuncia por discriminación/Título VI

Las personas pueden presentar una denuncia llamando a la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades correspondiente, enviando un correo electrónico a titlevicomplaints@mtahq.org o poniéndose en contacto con el Servicio de Atención al Cliente de la MTA al 511.

Las personas también pueden presentar una denuncia completando el Formulario de gestión de denuncias del Título VI y las leyes de no discriminación relacionadas y presentándolo en persona o enviándolo por correo a la dirección de la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades correspondiente que aparece en el formulario. Cada agencia de la MTA tiene su propia División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades, y también puede encontrar esas direcciones haciendo clic aquí.

Se considera que una denuncia se presenta a partir de la fecha en que se recibe en cualquier Servicio de Atención al Cliente o en la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades. Las denuncias deben presentarse dentro de los 180 días posteriores a la presunta discriminación. Hay una excepción en el caso de las denuncias de acoso sexual, que se pueden presentar hasta 3 años después del presunto incidente, de conformidad con la ley del estado de Nueva York. 

Revisión inicial de una denuncia

Una vez que la MTA recibe una denuncia, se lleva a cabo una revisión para determinar si se proporcionó suficiente información para establecer una posible violación del Título VI cubierta por la Directiva de Política de No Discriminación del Título VI y relacionadas de la MTA. La revisión también determinará si la denuncia se ha presentado dentro de los 180 días o 3 años para las denuncias de acoso sexual, y que no duplica una denuncia anterior presentada por la misma persona. La División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades puede solicitar información adicional, y la persona que presenta la denuncia tendrá un tiempo razonable para responder.

No se aceptará una denuncia para su investigación ni se tomarán medidas adicionales si se presenta fuera del período de 180 días (excepción: período de 3 años para denuncias de acoso sexual), si duplica una denuncia anterior o si la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades determina que no está cubierta por las políticas de no discriminación del Título VI de la MTA. En este caso, se le notificará a la persona que presentó la denuncia dentro de los 15 días hábiles que el caso no será investigado.

La División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades puede cerrar una denuncia, a discreción del Oficial de Igualdad de Oportunidades, si la persona que presentó la denuncia no coopera con la investigación, no responde o no proporciona la información adicional solicitada, o indica que ya no quiere continuar con la denuncia.

Es posible que la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades no acepte una denuncia si no hay pruebas suficientes para realizar una investigación exhaustiva y justa. 

Investigación de una denuncia

Si la División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades determina que la denuncia alega suficientemente una violación según lo contemplado en el Título VI para todas las agencias de la MTA y la Directiva de Política de No Discriminación Relacionadas, notificará a la persona que presentó la denuncia, por correo o correo electrónico, que ha sido aceptada para su investigación. La carta también le informará a la persona que tiene derecho a presentar una solicitud directamente ante la Oficina de Derechos Civiles de la Administración Federal de Tránsito.

La División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades investigará las denuncias de discriminación del Título VI de las que disponga de suficiente información. Una vez concluida la investigación, se notificará a la persona que presentó la denuncia el resultado y cualquier acción correctiva recomendada.

Para presentar una denuncia por escrito o para solicitar más información sobre el Título VI de la MTA y la Política de Leyes de No Discriminación Relacionadas, las personas pueden ponerse en contacto con una División de Diversidad e Igualdad de Oportunidades específica de la MTA o con:

MTA Headquarters
Department of Diversity and Civil Rights
2 Broadway, 16th Floor
New York, NY 10004
(800) 466-8577